24/08/2019
Se recuerda que solo se podrá constituir como bien de familia un solo inmueble y dentro de la valoración fijada por la ley, con todo los muebles (inembargables e intransferibles) áquel donde reside la familia con su instituyente.
24/08/2019
Expedición de segundos testimonios en caso de extravío del original.
02/05/2018
A ver si entiendo bien el fundamento de la huelga que desde hace dias se encuentra implementada en el Poder Judicial y en la Dirección General de los Registros Públicos. La ley 669/95, modificada por las leyes 1273/98, 2046/02 y 2388/04 de Tasas Judiciales, tiene por afán volver a modificarse, en que sentido? En la repartija de los porcentajes que ésta última (2388/04) prevé. Hoy dia del 100% recaudado (que son millones y millones por la formalización de escrituras públicas en su mayoría) está destinado de la siguiente manera: 1) 60% para la Corte Suprema de Justicia (para programas y sub programas de no sé que indole ni categoria); 2) 19% para el Ministerio Público (programas de acción e inversiones); y 3) el restante 21% de los cuales el 30% destinado al financiamiento de programas de acción y el 70% para la construcción y mejoramiento de la infraestructura penitenciaria. Tengo entendido que el Poder Judicial, mediante su sindicato, al igual que los funcionarios de la D.G.R.P. que dependen de la Corte Suprema de Justicia, pretenden una mayor repartija y toman como medida de presión o fuerza el cese de sus actividades afectando enormemente al tráfico escriturario, asi como los expedientes judiciales y por consiguiente al comercio y a los derechos de los ciudadanos en toda la República del Paraguay. Eso es legal? Como es posible que entre los tres poderes del Estado (en este caso el Judicial y Legislativo) tome medidas como éstas y que las mismas sean avaladas por la propia Corte Suprema de Justicia afectando asi los derechos de terceros (contribuyentes que al fin y al cabo pagan las tasas judiciales y hoy se discute su destino) no obteniendo los servicios ni las garantias que importa el pago. Para más mal de males la D.G.R.P. impone un sistema de regulación de entradas y salidas totalmente arbritario y sin suspensión de plazos registrales lo que provoca un caos sin nombre. Desde hace meses la Dirección General de los Registros Públicos ni siquiera atiende el teléfono. Nadie sabe donde está su directora ni nadie da la cara. Señores seamos conscientes del verdadero fondo de la cuestión (netamente económico) y exijamos no solo el cumplimiento de los servicios que pagamos, sino también la transparencia y claridad en el destino de esos fondos que hoy afectan nuestros bolsillos.
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03/04/2018
Para tener en cuenta.
Lo que se ahorra en escribano, se paga en tribunales (y con intereses) - Notarios Latinos
Tragicómico y evitable. Ordenan escriturar, a pesar de no haber plazo expreso ni designación de notario en el boleto de permuta entre dos copermutantes.
02/12/2017
25 años ininterrumpido en el ejercicio de la profesión. Nada facil pero tampoco nada dificil si uno toma conciencia de lo que verdaderamente significa la función notarial. Responsabilidad. Percepción. Control. Carisma. Vocación y por sobre todo honestidad. Los requirentes reconocen esas virtudes y te adoptan. Gracias a mi familia y gracias a quienes dia a dia requieren mi intervención haciendome sentir un elemento importante en sus vidas. Salud!!!!
06/10/2017
XVII CONGRESO NOTARIAL PARAGUAYO.
21/09/2017
Esto representa una (1) simple escritura publica de Prenda con Registro que pretende ser inscripta en el registro de automotores. El RUA (Registro Unico de Automotores) exige para la inscripción, tantas copias en duplicados (legajos A y B) cuantas cantidades de unidades exista en la escritura, generando sendas cantidades de papel, fotocopias, tiempo, dinero y esfuerzo, dejando de lado la famosa terminologia "Cuide la naturaleza, ciude el medio ambiente". Donde van a parar toda esas cantidades de copias? En que tipo de infraestructura edilicia cabe? En que epoca vivimos? Cuando se creó el sistema RUA (según manifestaciones de la Directora de aquel entonces) el software era de lo más avanzado y con un "clic" se podia obtener resultados inmediatos, los que supuestamente convendria el costo que conlleva el sistema al usuario con la seguridad jurídica que brinda. Ni lo uno, ni lo otro! Ineficiencia y total despilfarro de los recursos.