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Supersalud La reconstrucción y evolución del sistema de salud será posible en la . Supersalud: María Andrea Godoy.

En el año de 1977 se crea la Entidad como Superintendencia de Seguros de Salud, donde en concordancia con el Decreto Ley 1650 ejercía estricto control y eficiente vigilancia a la administración y los servicios y prestaciones de la salud correspondientes a los seguros sociales obligatorios, de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Salud, como sujeto el Instituto de Seguros Sociales -ISS. En 1989 el Congreso de la República aprueba la Ley 15 de 1989, por la cual se expiden normas sobre la organización, financiamiento y control de los servicios de salud y asistencia pública, se reorganiza la Superintendencia de Seguros de Salud y se dictan otras disposiciones, y específicamente en el Capítulo II se establecía la Estructura, Organización y Funciones de la Superintendencia. Ésta Ley cambia la denominación de la entidad al de SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD, estableciéndole la misión de ejercer la Inspección, Vigilancia y Control sobre las actividades concernientes a la prestación de los Servicios de Salud en los Seguros Sociales Obligatorios, asistencia pública, atención médica a cargo de entidades creadas o sostenidas por el estado; y sobre la liquidación, recaudo y transferencia de los recursos fiscales que se aplican a tales actividades, ampliando los sujetos a los Prestadores Públicos, Entidades de Asistencia, Loterías. En 1990 se reorganiza la Superintendencia, mediante el Decreto-Ley 1472 y se le establece como objeto el de ser autoridad técnica en materia de inspección, vigilancia y control de: a) la calidad y eficiencia de la prestación de los servicios de Salud de los Seguros Sociales Obligatorios, de la Previsión Social, de la Medicina Prepagada y de las Entidades que contratan servicios de salud con el subsector oficial del sector salud y las cajas de compensación familiar; b) sobre la liquidación, recaudo, giro, cobro y utilización de los recursos que se apliquen a tales actividades y demás acciones de la salud, cualquiera que sea su origen; y, c) en la eficiencia en la obtención y aplicación de los recursos en las entidades del subsector oficial del sector salud, agregando nuevos sujetos, como son: las Entidades de Previsión, Empresas de Medicina Prepagada, Cajas de Compensación Familiar (salud), Licoreras. En el marco del artículo 20 transitorio de la Constitución Política de 1991, se expidió el Decreto 2165 de 1992, por el cual se reestructura la Superintendencia Nacional de Salud y establece como objetivo de la entidad la de ser autoridad técnica de inspección, vigilancia y control en relación con la siguientes materias: a) el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias a que están sujetas las entidades que prestan servicios de salud, las que prestan servicios de medicina Prepagada y las Cajas de Compensación Familiar; b) la eficiencia en la aplicación, en la obtención y aplicación de los recursos de las entidades del Subsector Oficial del Sector Salud; y, c) la liquidación, recaudo, giro, cobro y utilización de los recursos fiscales y demás arbitrios rentísticos, cualquiera que sea su origen, con destino a la prestación de los servicios de salud. Posteriormente, en el año 1994, mediante el Decreto 1259, expedido en desarrollo del Decreto 1266 de 1994 y en ejercicio de las facultades previstas en la Ley 100 de 1993, reestructuró la Superintendencia Nacional de Salud y ejercerá funciones de Inspección, Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud y amplió su espectro al Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito –SOAT, FOSYGA, Entidades Promotora de Salud –Entidad Promotora de Salud (Régimen Contributivo y Subsidiado), Institución Prestadora de Servicios de Salud –IPS, Empleadores y Entidades Territoriales (Departamentos, Distritos y Municipios). Es necesario señalar, que tuvo una nueva reestructuración ordenada por el Decreto 452 del 2000, expedido en el marco del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, pero le dieron un efecto de inocuidad al no adoptar la nueva planta de personal, condición establecida para que las funciones y la estructura interna se ejerciera y operara, respectivamente. Para terminar, Ley 1122 de 2007, crea el Sistema de Inspección, Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud, el cual, estará en cabeza de la Superintendencia Nacional de Salud, con base en los siguientes ejes: financiamiento, aseguramiento, prestación de servicios de atención en salud pública, atención al usuario y participación social, acciones y medidas especiales, información y focalización de los subsidios en salud; también le otorga facultades de función jurisdiccional y de conciliación, para poder ser eficaz en la atención de las necesidades de los usuarios del sistema, como también agrega nuevos vigilados como son los regímenes especiales y exceptuados. Con el Decreto 1018 de 2007 (30 de marzo), modifica la estructura y fortalece la entidad en virtud de las competencia otorgada en la Ley 1122; donde establece cinco Superintendencias Delegadas, así: Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para Salud, Superintendencia Delegada para la Atención en Salud, Superintendencia Delegada para la Protección al Usuario y la Participación Ciudadana, Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales, Superintendencia Delegada para la Función Jurisdiccional y Conciliación. Cuatro Oficinas: Oficina Asesora Jurídica, Oficina Asesora de Planeación, Oficina de Control Interno y Oficina de Tecnología de la Información y la Secretaria General. Se amplía el ámbito de inspección, vigilancia y control y se fija los siguientes objetivos:

- Fijar las políticas de Inspección, Vigilancia y Control; Vigilar el cumplimiento de las normas;

- Supervisar la calidad de la atención de la salud y control del aseguramiento, la afiliación, la calidad de la prestación de los servicios y la protección de los usuarios;

- Velar por la eficiencia en la generación, recaudo, flujo, administración, custodia y aplicación de los recursos con destino a la prestación de los servicios de salud;

- Exigir la observancia de los principios y fundamentos del servicio público esencial de Seguridad Social en Salud;

- Proteger los derechos de los usuarios, en especial, su derecho al aseguramiento y al acceso al servicio de atención en salud, individual y colectiva, en condiciones de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y estándares de calidad en las fases de promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación en salud;

- Velar porque la prestación de los servicios de salud se realice sin ningún tipo de presión o condicionamiento frente a los profesionales de la medicina y las instituciones prestadoras de salud;

- Evitar que se produzca el abuso de la posición dominante;

- Promover la participación ciudadana y establecer mecanismos de rendición de cuentas a la comunidad, que deberá efectuarse por lo menos una vez al año, por parte de los actores del Sistema.

- Igualmente amplia el campo de inspección, vigilancia y control a los Regímenes exceptuado y Especiales y se le agregan las funciones Jurisdiccionales y de Conciliación.

La Superintendencia Nacional de Salud realizará una actualización tecnológica para fortalecer sus servicios de atención....
07/10/2026

La Superintendencia Nacional de Salud realizará una actualización tecnológica para fortalecer sus servicios de atención.

📅 Del 9 de octubre, 8: a.m al 12 de octubre, 10:00 p. m.

Durante este periodo, los canales digitales habituales no estarán disponibles.

📞 Líneas de atención habilitadas:
Línea gratuita nacional: 018000513700
Bogotá: +57 601 483 7000

Agradecemos su comprensión.

La superintendente nacional de salud, María Andrea Godoy Casadiego, se reunió con la secretaria de salud del Meta, Ana Z...
06/10/2026

La superintendente nacional de salud, María Andrea Godoy Casadiego, se reunió con la secretaria de salud del Meta, Ana Zenit Argote, para revisar las principales dificultades que enfrenta el departamento en la prestación de servicios de salud, entre ellas la falta de contratación entre EPS e IPS públicas, las dificultades en el flujo de recursos y la conciliación de cartera, los procesos de referencia y contrarreferencia y las estancias prolongadas de pacientes en urgencias.

La superintendente explicó la ruta de trabajo que se está trazando en la entidad para afrontar esta problemática y la colaboración que requiere de la Secretaría de Salud para su materialización.

Gobernación del Meta

🎗️ Informarnos también es una forma de cuidarnos.Desliza y comparte este mensaje con las mujeres de tu vida. Desde la Su...
04/10/2026

🎗️ Informarnos también es una forma de cuidarnos.

Desliza y comparte este mensaje con las mujeres de tu vida. Desde la Supersalud, estamos con ellas.

La   presenta su ruta de trabajo en Antioquia y fortalece el diálogo con usuarios, hospitales y EPS.“Muchas de las dific...
02/10/2026

La presenta su ruta de trabajo en Antioquia y fortalece el diálogo con usuarios, hospitales y EPS.

“Muchas de las dificultades que enfrentan los usuarios son compartidas en diferentes regiones del país; por eso necesitamos respuestas integrales. No trabajamos en orillas diferentes; usuarios y Superintendencia tenemos un propósito común: que el sistema responda a las personas”, señaló la Superintendente Nacional de Salud, María Andrea Godoy Casadiego.

02/10/2026

La continúa escuchando a los prestadores de servicios de salud para conocer sus inquietudes, identificar las principales dificultades y construir soluciones concretas.

Durante el encuentro, la Superintendente Nacional de Salud, María Andrea Godoy Casadiego, presentó la ruta de trabajo que seguirá la entidad para avanzar de manera articulada con clínicas, hospitales y demás actores del sector, con el propósito de reconstruir la confianza y contribuir a la transformación del sistema de salud.

Como parte de la agenda de trabajo en  , la Superintendente Nacional de Salud, María Andrea Godoy Casadiego, socializa a...
02/10/2026

Como parte de la agenda de trabajo en , la Superintendente Nacional de Salud, María Andrea Godoy Casadiego, socializa a esta hora con representantes de las que operan en el departamento la ruta de trabajo de la entidad, que contempla mecanismos de supervisión y seguimiento al giro directo, alertas tempranas y monitoreo a la aplicación de los recursos.

La   verifica la situación del personal y la atención a los usuarios del Hospital San Nicolás de Planeta Rica, Córdoba.
02/10/2026

La verifica la situación del personal y la atención a los usuarios del Hospital San Nicolás de Planeta Rica, Córdoba.

02/10/2026

En Antioquia, la y la Secretaría de Salud de Antioquia propiciaron un espacio de diálogo con representantes de usuarios para conocer sus inquietudes, escuchar sus propuestas y fortalecer la participación ciudadana en el sistema de salud.

“Es muy importante escuchar a todos los actores, porque cada uno tiene un punto de vista diferente frente a una misma situación de salud”, destacó Aracely Carvajal Correa, representante de usuarios.

Seguimos promoviendo espacios de escucha y diálogo para avanzar en acciones que contribuyan a una mejor prestación de los servicios de salud.

En la , el sistema de salud se reconstruye y evoluciona.

Gobernación de Antioquia

02/10/2026

En , escuchamos a los veedores, las organizaciones de pacientes y los usuarios para conocer sus inquietudes, identificar barreras en la atención y avanzar en soluciones concretas a las necesidades de salud de las comunidades.

Escuchar a quienes conocen de cerca las realidades del territorio es fundamental para transformar los servicios de salud.

Compromisos concretos con las asociaciones de usuarios de Antioquia: ✅ Fortaleceremos la Regional de la   y la Red de Co...
02/10/2026

Compromisos concretos con las asociaciones de usuarios de Antioquia:

✅ Fortaleceremos la Regional de la y la Red de Controladores para que las alertas y propuestas del territorio tengan respuesta.

✅ Crearemos un canal directo de comunicación entre las asociaciones de pacientes y la Supersalud.

✅ Verificaremos qué están haciendo las EPS frente a los problemas reportados por los usuarios.

✅ Analizaremos la capacidad de la red de servicios para reducir desplazamientos
innecesarios a otros territorios.

La Secretaría de Salud de Antioquia, junto con las asociaciones de usuarios y la Red de Veedurías, construirá un documento con las propuestas recogidas durante estos espacios.

Haremos seguimiento al cumplimiento de estos compromisos. Gobernación de Antioquia

Dirección

Carrera 68A N°. 24B/10, Torre 3, Piso 4, 9 Y 10 Edificio Plaza Claro
Bogotá
110931

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