29/08/2026
Reflexión crítica sobre el Proyecto de Ley N.° 25.747
El expediente legislativo 25.747 no debe analizarse únicamente desde la perspectiva de la "libre competencia" o de la reducción de costos para los profesionales. Su verdadero impacto podría sentirse en la estructura institucional que durante décadas ha servido como mecanismo de control ético, técnico y disciplinario de cientos de profesiones en Costa Rica.
La propuesta parte de una premisa aparentemente sencilla: permitir que los profesionales ejerzan sin estar obligados a pertenecer a un colegio profesional. Sin embargo, detrás de esa modificación existe una transformación profunda del modelo costarricense de regulación profesional. El proyecto traslada parte importante de las funciones de control desde corporaciones de derecho público hacia un Registro Nacional de Profesionales adscrito al Poder Ejecutivo.
El riesgo de desmantelar instituciones sin crear sustitutos equivalentes
Los colegios profesionales no son simples asociaciones gremiales.
La propia jurisprudencia constitucional ha reconocido que ejercen funciones públicas de fiscalización, control y disciplina sobre el ejercicio profesional. La Sala Constitucional ha señalado que la colegiatura obligatoria encuentra su fundamento precisamente en esas funciones de interés público.
La pregunta fundamental es:
¿Quién asumirá esas funciones cuando miles de profesionales decidan no colegiarse?
El proyecto crea un registro administrativo, pero un registro no investiga faltas éticas, no sanciona negligencias profesionales, no supervisa el cumplimiento de normas técnicas y no protege a los usuarios frente a malas prácticas.
En otras palabras, se elimina un sistema de fiscalización sin que exista un mecanismo equivalente claramente definido.
Impacto social potencial
Los efectos podrían trascender a los propios profesionales.
Los ciudadanos son quienes podrían enfrentar las mayores consecuencias:
Menor control sobre la calidad de los servicios profesionales.
Debilitamiento de los tribunales de ética.
Menos mecanismos de denuncia para usuarios afectados.
Menor supervisión de la actualización profesional.
Mayor dificultad para verificar la idoneidad de quienes ofrecen servicios especializados.
Costa Rica ha construido durante décadas un sistema donde los colegios profesionales actúan como una primera línea de protección para la sociedad. Debilitar ese modelo podría generar un vacío regulatorio que eventualmente tendría que ser asumido por el propio Estado, con mayores costos administrativos.
El problema de concentrar el control en el Poder Ejecutivo
Uno de los aspectos más preocupantes del proyecto es la creación de un Registro Nacional de Profesionales adscrito al MEIC.
Aunque en apariencia se trata de una medida administrativa, representa un cambio de paradigma:
Antes:
Control distribuido entre múltiples colegios autónomos.
Después:
Registro centralizado bajo una dependencia del Poder Ejecutivo.
Esto plantea interrogantes legítimas sobre independencia institucional, especialmente cuando se trata de profesiones cuya función incluye cuestionar actuaciones del propio Estado, litigar contra instituciones públicas o emitir criterios técnicos sobre políticas gubernamentales.
Si bien no puede afirmarse jurídicamente que el proyecto sea inconstitucional por esa sola razón, sí abre una discusión sobre la conveniencia democrática de trasladar competencias que históricamente han estado fuera del control político directo.
Posible afectación económica a los colegios profesionales
El proyecto también elimina la obligatoriedad de cuotas, contribuciones y diversas cargas económicas asociadas a la colegiatura.
Para muchos colegios, esas cuotas constituyen la principal fuente de financiamiento.
La consecuencia podría ser:
Reducción de personal técnico.
Disminución de programas de capacitación.
Menor capacidad de fiscalización.
Menor producción de criterios técnicos.
Menor capacidad para defender intereses colectivos relacionados con el ejercicio profesional.
En algunos casos, podría incluso comprometer la viabilidad financiera de determinadas corporaciones.
¿Cuánto dejaría de percibir el Estado por impuesto sobre la renta?
Aquí es importante ser rigurosos.
Con la información actualmente disponible, no existe un estudio oficial que cuantifique el impacto fiscal del expediente 25.747.
Por tanto, cualquier cifra sería una estimación.
Sin embargo, pueden plantearse tres escenarios:
Escenario 1: Impacto fiscal prácticamente nulo
Las cuotas colegiales normalmente constituyen gastos deducibles para muchos profesionales independientes.
Si desaparecen esas cuotas:
El profesional tendría una menor carga de gastos.
Su renta imponible aumentaría.
El Estado incluso podría recaudar más impuesto sobre la renta.
Escenario 2: Disminución indirecta de la recaudación
Si los colegios reducen significativamente su actividad:
Menos contratación de personal.
Menos compra de bienes y servicios.
Menos actividad económica asociada.
Esto podría traducirse en una reducción indirecta de impuestos recaudados.
Escenario 3: Traslado del costo al Estado
Si el Estado debe asumir funciones actualmente ejercidas por los colegios:
Fiscalización.
Control ético.
Registro.
Supervisión profesional.
El gasto público podría aumentar considerablemente.
En este escenario, aunque la recaudación no disminuya, el costo para las finanzas públicas sí podría incrementarse.
Conclusión crítica
El principal cuestionamiento al proyecto 25.747 no es la libertad de asociación ni la reducción de costos para los profesionales. El verdadero debate es si Costa Rica está dispuesta a sustituir un modelo de autorregulación profesional construido durante décadas por un sistema donde gran parte del control quede reducido a un registro administrativo dependiente del Poder Ejecutivo.
La experiencia histórica demuestra que las democracias fuertes se sostienen sobre instituciones independientes capaces de fiscalizar, cuestionar y generar contrapesos técnicos al poder político. Los colegios profesionales han cumplido tradicionalmente parte de esa función.
Por ello, la preocupación central no es únicamente la desaparición de la colegiatura obligatoria. La preocupación es que, bajo el discurso de la libre competencia, se termine debilitando la capacidad de supervisión ética, la independencia técnica y la fortaleza institucional de organizaciones que han sido parte del sistema de pesos y contrapesos de la democracia costarricense. Si el proyecto avanza sin mecanismos alternativos robustos de control y fiscalización, el costo final podría no recaer sobre los colegios profesionales, sino sobre la ciudadanía que depende de servicios profesionales seguros, éticos y técnicamente responsables.
MSc.Michael Tiffer Ortega