27/03/2026
AVISO IMPORTANTE A LA POBLACIÓN
*_Instalación de Paneles Solares_*
Acerca el procedimiento para la instalación de sistemas fotovoltaicos (paneles solares) en viviendas particulares y centros vitales.
✅ PARA PERSONAS NATURALES (Viviendas particulares):
📄 ¿Qué permiso necesito?
➡️ AUTORIZO DE CONSTRUCCIÓN (Decreto-Ley 322/2014)
💰 Costo: 68.00 pesos
📍 ¿Dónde es obligatorio?
✔️ En zonas URBANAS es OBLIGATORIO
✔️ En viviendas RURALES AISLADAS no es obligatorio, pero recomendamos asesorarse
📋 para solicitar:
🔹 Presentar proyecto técnico o croquis acotado (elaborado por entidad facultada)
🔹 IMPORTANTE: Debe incluir CERTIFICACIÓN DE RESISTENCIA ESTRUCTURAL (que la placa o techo soporte el peso)
🔹 El diseño debe integrarse a la imagen urbana (no afectar la estética del barrio)
🔹 Orientación e inclinación óptimas para captar el sol
🏢 CASOS ESPECIALES:
🔴 Edificios multifamiliares:
➡️ Se requiere aprobación de la JUNTA DE VECINOS (Resolución 4/1991)
➡️ Se evaluará cada caso según el sistema constructivo del edificio
➡️ Puede instalarse en cubiertas, fachadas o patios de servicio
🟡 Centros históricos o edificios patrimoniales:
➡️ Deben consultar con la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO del territorio
➡️ El diseño debe respetar los valores arquitectónicos
🔵 Protección contra vandalismo:
➡️ Deben preverse medidas de seguridad para los paneles
⚡ REQUISITOS TÉCNICOS (Por la seguridad de todos):
✅ Sistema bien ANCLADO (resistente a fuertes vientos, según norma cubana)
✅ Protecciones eléctricas contra sobrecargas
✅ Puesta a tierra (para evitar descargas atmosféricas)
✅ Desconectivo general
🏛️ PARA CENTROS VITALES (Educación, Salud, Hogares de Ancianos, etc.):
🏫 Escuelas | 🏥 Hospitales | 📡 Comunicación | 🏡 Hogares de ancianos
📌 El INVERSIONISTA de cada entidad debe solicitar el AUTORIZO DE OBRA en nuestra oficina...

23/01/2024