Brinda los servicios de asistencia jurídica en materia familiar, civil, mercantil y de arrendamient
La Defensoría de Oficio del Distrito Federal brinda los servicios de asistencia jurídica consistentes en la defensa, patrocinio y asesoría a las personas que sean precisadas a comparecer ante los Tribunales del Fuero Común y de Justicia para Adolescentes del Distrito Federal, Agencias Investigadoras del Ministerio Público y Juzgados Cívicos. En el Distrito Federal, el Defensor de Oficio es el serv
idor público que con tal nombramiento tiene a su cargo la asistencia jurídica de las personas, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley de la Defensoría de Oficio del Distrito Federal. La figura del Defensor de Oficio surge por la necesidad social vigente de proteger a las personas que se encuentran en un ámbito de insolvencia económica y alta vulnerabilidad social. En el ejercicio de sus funciones, los Defensores de Oficio deben observar las obligaciones inherentes a su calidad de servidores públicos, actuando con la diligencia necesaria para contribuir a garantizar el acceso a la defensa, debiendo entre otras, cumplir con las siguientes obligaciones:
- Prestar el servicio de defensa o asesoría jurídica cuando éste les sea asignado.
- Utilizar los mecanismos de defensa que, de acuerdo a la legislación vigente corresponda; invocar jurisprudencia y tesis doctrinales aplicables que coadyuven a una mejor defensa, e interponer los recursos procedentes.
- Formular los amparos respectivos.
- Ofrecer todos los medios probatorios que puedan ser empleados a favor de su patrocinado.
- Demostrar sensibilidad e interés social en el desempeño de sus funciones y, atender con cortesía a los usuarios y prestar los servicios con diligencia, responsabilidad e iniciativa.