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Izcuchaca Izcuchaca es la ciudad principal ubicada en la Provincia de Anta, Region del Cusco - Perú.

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15/07/2026
08/07/2026

| 🚨 Ningún hecho que comprometa la integridad de un estudiante puede ser indiferente. Ante la denuncia por presunta violencia sexual en el colegio Innova Schools de Ate, desde el Ministerio de Educación venimos actuando de manera inmediata para supervisar el caso, acompañar a la comunidad educativa y coordinar con las autoridades competentes, priorizando siempre la protección de los estudiantes.

03/07/2026

GANÓ LA FAMILIA Y LA DIGNIDAD: EL COLEGIO "LA INTEGRADA" RECONOCE QUE NADIE PUEDE OBLIGAR A PAGAR POR CELEBRAR
Anta, Cusco – 03 de julio de 2026.– Ayer, en la Institución Educativa N° 51025 La Integrada de la provincia de Anta, ocurrió algo que cambiará la historia del colegio. Padres de familia, cansados de años de imposiciones silenciosas, se plantaron con la ley en la mano para decir: "Se acabó el abuso". Finalmente, en esta asamblea la Dirección y la APAFA se vieron obligadas a reconocer, ante cientos de testigos, que la participación en los festejos de aniversario es de carácter estrictamente voluntario.

MÁS QUE MULTAS, SE TRATABA DE RESPETO - Durante años, muchos padres han trabajado bajo el miedo constante de ser multados si no dejaban sus labores para cumplir con faenas, danzas o comisiones, bajo la amenaza de pagos que sumaban hasta S/. 150.00. En la asamblea de ayer, se escucharon muchas voces intentando justificar lo injustificable, atacando a quienes se atrevieron a alzar la voz para proteger el bolsillo de las familias. Pero cuando la ley se explica con claridad, el abuso no tiene argumentos que lo sostengan.

LA VOZ DE LA LEGALIDAD SE HIZO SENTIR - Fue un momento difícil, donde la presión social intentó silenciar el problema real: la presunta coacción económica que afectaría a las familias que más esfuerzo realizan por la educación de sus hijos. A pesar de los ataques y la defensa de prácticas que ya no tienen cabida en una escuela pública, la presencia de la asesoría legal fue el escudo que permitió que la voz del padre de familia fuera finalmente respetada.

UN PRECEDENTE PARA TODAS LAS FAMILIAS Y LA PROVINCIA - El presidente de la APAFA tuvo que reiterar, públicamente y sin espacio a dudas, que el pasacalle, las vísperas, el día central y los juegos deportivos no son obligatorios. Esta no es una victoria de una persona contra otra; es una victoria de la comunidad. Hoy, ningún padre tiene que temer una multa por no poder cumplir con una actividad impuesta.

Este hecho deja una lección clara para toda la provincia de Anta: la educación de nuestros hijos es un derecho, no una mercancía. Nuestra institución es el segundo hogar de nuestros pequeños, y ese hogar debe construirse sobre el respeto mutuo, no sobre el miedo al bolsillo vacío de los padres.
Agradecemos a todos los padres que, en medio de la tensión, mantuvieron la fe en que un colegio más justo era posible. El cambio ha comenzado, y hoy, por fin, podemos decir que en "La Integrada", la libertad y la dignidad de las familias se hacen respetar.

MARCO JURÍDICO Y OBLIGACIONES EN LA COMUNIDAD EDUCATIVA:
Principios legales del Estado peruano y las responsabilidades ineludibles de cada actor dentro de una institución educativa pública, garantizando el derecho a una educación gratuita y libre de coacciones.

I. FUNDAMENTOS LEGALES: LA BASE DE LA DEFENSA

1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ:
• Derecho a la Educación y Gratuidad (Art. 17): La educación es un derecho fundamental. En las instituciones del Estado es estrictamente gratuita; por lo tanto, cualquier cobro que condicione la participación educativa es inconstitucional.
• Derecho a la Libertad y Seguridad Personal (Art. 2, inc. 24): Nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe. Exigir la participación en "faenas" o danzas bajo la amenaza de una multa es una violación directa a la libertad de decidir sobre el tiempo y el patrimonio personal.

2. LEY N° 28628 (LEY DE APAFA):
• Voluntariedad de los Aportes: Los aportes de los padres de familia, ya sean ordinarios o extraordinarios, son actos de colaboración enteramente voluntarios destinados a mejorar los servicios educativos.
• Prohibición de Coacción: La directiva carece de facultades legales para imponer sanciones económicas, multas o restringir el acceso a los servicios educativos por falta de pago. Toda acción de cobranza coactiva es ilegal.
• Fines de la APAFA: El objetivo exclusivo de la asociación es colaborar en el proceso educativo, quedando prohibido operar como una entidad recaudadora que impone cuotas arbitrarias mediante amenazas.

3. NORMATIVA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN (MINEDU):
• Prohibición de Condicionamientos: Existe una prohibición expresa de condicionar la matrícula, la permanencia del estudiante o la entrega de libretas de notas al pago de cuotas, tanto de la APAFA como de los comités de aula.
• Gestión Educativa: Las actividades escolares (aniversarios, pasacalles, etc.) deben ser planificadas por la institución educativa y no pueden implicar una carga económica para las familias, ni ser impuestas con carácter obligatorio.
• Responsabilidad de la Dirección: El Director es el garante principal para evitar cobros indebidos dentro del local escolar. Permitir que la APAFA o los comités coaccionen a los padres genera responsabilidad administrativa y sanciones para la autoridad.

4. LEY N° 27444 (LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL):
• Principio de Legalidad: Las autoridades solo tienen potestad para hacer aquello que la ley les permite expresamente. Al no existir ninguna norma que autorice el cobro de multas por no participar en festejos o danzas, dichas sanciones son nulas de pleno derecho.
• Derecho de Petición: Todo ciudadano tiene el derecho constitucional de presentar solicitudes y denuncias ante la administración pública. Las autoridades del colegio tienen la obligación ineludible de responder formalmente y motivar sus decisiones ante estos reclamos.

II. OBLIGACIONES LEGALES DE LOS ACTORES EDUCATIVOS

OBLIGACIONES DE PADRES Y MADRES DE FAMILIA:
• Educar y proteger: Tienen como obligación principal asegurar la asistencia, alimentación y el bienestar general de sus hijos.
• Colaborar de forma lícita: Participar únicamente en aquellas actividades que la ley faculta, como las faenas de mantenimiento de la infraestructura escolar.
• Defender sus derechos: Asumir el deber de denunciar activamente ante los órganos competentes cualquier cobro abusivo que afecte la economía del hogar.
• Impedir la ilegalidad: Reconocer y hacer respetar el principio de que ninguna votación de asamblea, sin importar cuán amplia sea la mayoría, puede validar o legalizar un acto ilícito.

OBLIGACIONES DEL DIRECTOR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA:
• Vigilar la legalidad: Garantizar de forma proactiva que ningún acuerdo tomado por la APAFA o los comités de aula viole las leyes del Estado.
• Suspender cobros ilegales: Actuar con inmediatez para dejar sin efecto cualquier cuota, multa o imposición que atente contra el principio de gratuidad educativa.
• Prohibir condicionamientos: Asegurar de manera estricta que ningún alumno sea retirado de clases, discriminado o excluido de actividades a causa de las deudas económicas de sus tutores.

OBLIGACIONES DE LA DIRECTIVA DE LA APAFA:
• Respetar el tope anual: Acatar la prohibición de exigir aportes que superen el límite del 1.5% de la UIT (S/. 82.50 para el año 2026) durante todo el año escolar.
• Acatar las normas vigentes: Someter todos sus estatutos, reglamentos internos y actas a las leyes nacionales, reconociendo que no poseen autonomía legislativa para crear multas.
• Administrar con transparencia: Destinar los fondos recaudados exclusivamente a la ejecución del plan de trabajo institucional debidamente aprobado, eliminando su uso para forzar actividades recreativas.

OBLIGACIONES DE LOS COMITÉS DE AULA:
• Brindar apoyo voluntario: Mantener una naturaleza estrictamente enfocada en la colaboración pedagógica y el bienestar estudiantil, desterrando cualquier rol de recaudación coactiva.
• Cero sanciones: Cumplir la prohibición expresa y absoluta de establecer multas, penalidades o cobros obligatorios paralelos a los de la institución.
• Consensuar actividades: Asegurar que toda iniciativa que requiera colaboración económica nazca de la voluntad libre, consensuada y unánime de los padres del aula.

OBLIGACIONES DE LOS PROFESORES
• Garantizar la inclusión: Impartir la enseñanza sin exigir materiales costosos, alquiler de trajes o aportes económicos como requisito para evaluar o calificar al alumno.
• Mantenerse neutrales: Abstenerse de realizar cobros directos o de ejercer presión psicológica sobre los estudiantes por encargos de recolección de la APAFA o los comités.
• Proteger al menor: Cumplir con su deber de denunciar ante la dirección del colegio cualquier acto de discriminación, exclusión o maltrato hacia un estudiante en el entorno escolar.

CONVOCAN A ASAMBLEA EXTRAORDINARIA EN LA I.E. 51025 "LA INTEGRADA" PARA ABORDAR DENUNCIAS DE COBROS Y RESTABLECER EL MAR...
01/07/2026

CONVOCAN A ASAMBLEA EXTRAORDINARIA EN LA I.E. 51025 "LA INTEGRADA" PARA ABORDAR DENUNCIAS DE COBROS Y RESTABLECER EL MARCO LEGAL

Anta, Cusco – 01 de julio de 2026.- La comunidad educativa de la provincia de Anta se encuentra a la expectativa tras la reciente convocatoria a una Asamblea General Extraordinaria en la Institución Educativa del nivel primario N° 51025 La Integrada. La reunión, programada para este jueves 02 de julio a las 3:00 PM en las instalaciones del plantel, buscará dar solución a una serie de cuestionamientos legales levantados por padres de familia respecto a presuntas imposiciones económicas en el marco del aniversario institucional.

EL CONTEXTO DE LA CONTROVERSIA - El llamado a esta asamblea se produce tras la presentación formal de una "Carta Preventiva y Denuncia Administrativa por Presunta Amenaza de Coacción Económica" ante la Dirección del colegio. El documento, ingresado por un sector de padres de familia, advierte sobre la presunta desnaturalización de las "tarjetas de control de faenas", las cuales estarían siendo utilizadas para obligar a los padres y madres de familia a participar en danzas, actividades deportivas de padres y demás actividades festivas bajo la advertencia de multas económicas acumulativas (S/. 50.00 por parte de la APAFA y S/. 100.00 a nivel de comités de aula).

Los padres recurrentes sostienen que dichos montos y condicionamientos vulneran la Ley de APAFA (Ley N° 28628), la cual establece topes estrictos para los aportes y prohíbe la coacción, defendiendo el principio de que las actividades culturales de los adultos deben ser de carácter estrictamente voluntario y no perjudiciales para la economía o la salud de las familias.

AGENDA DE LA ASAMBLEA Y EXPECTATIVAS - De acuerdo con el documento oficial firmado por la Dirección, los Docentes y la directiva de la APAFA, la agenda de la asamblea abordará dos puntos centrales:

● El debate sobre la información que viene circulando en redes sociales respecto al tema.
● La atención formal a la Carta Preventiva sobre la presunta coacción económica y responsabilidad penal.

En esta convocatoria, las autoridades escolares advierten sobre un supuesto daño al prestigio del colegio que se vería derivado de la difusión pública del caso. Ante esto, los padres han respondido con firmeza: la imagen institucional no se vería afectada por el ejercicio legítimo del derecho a la denuncia, sino que podría verse comprometida por el mantenimiento de un presunto esquema de cobros abusivos. Dicho esquema, de ser corroborado por las autoridades competentes, constituiría una desnaturalización de la labor educativa y podría configurar una modalidad de coacción, al condicionar la participación de los padres y madres en actividades escolares bajo la advertencia de sanciones económicas.

Por su parte, los padres que impulsan la observación legal acuden a este espacio democrático con un espíritu constructivo y conciliador. Se espera que, durante la asamblea, las autoridades educativas y la directiva de la APAFA actúen conforme a las normativas del Ministerio de Educación (MINEDU), declarando la nulidad de las multas cuestionadas.

El objetivo primordial de esta fiscalización ciudadana es salvaguardar la economía familiar, proteger el Interés Superior de los estudiantes y garantizar que las celebraciones de aniversario de la I.E. 51025 La Integrada de Anta se desarrollen en un ambiente de verdadera integración, respeto, y estricto apego a la legalidad del Estado peruano.

I.E. 51025 LA INTEGRADA: LLAMADO A LA CONCIENCIA EN ANTA, ANTE PRESUNTA COACCIÓN ECONÓMICA A PADRES EN VÍSPERAS DE ANIVE...
27/06/2026

I.E. 51025 LA INTEGRADA: LLAMADO A LA CONCIENCIA EN ANTA, ANTE PRESUNTA COACCIÓN ECONÓMICA A PADRES EN VÍSPERAS DE ANIVERSARIO DEL COLEGIO PRIMARIO.

ANTA, CUSCO – 27 de junio de 2026 – La presente situación preocupante viene llevándose a cabo en vísperas de las celebraciones por el Aniversario de la Institución Educativa Primaria 51025 "La Integrada", emblemático plantel ubicado en la provincia de Anta, región Cusco. En este marco festivo, lo que debería ser una fiesta comunitaria se habría convertido en un escenario de profunda preocupación para la economía de los hogares, debido a la presunta imposición de cobros y multas que desnaturalizan el espíritu de la celebración escolar.
Llamado a la reflexión en Anta: Alertas por presuntos cobros excesivos de hasta S/. 150 y condicionamiento de sellos en las "tarjetas de control de APAFA" en vísperas de aniversario escolar.

● Padres de familia apelan a la conciencia institucional para frenar una práctica que se habría venido arrastrando año tras año y que afectaría económicamente a los hogares en todos los grados y aulas del plantel.

● Se estaría desnaturalizando el régimen de faenas escolares para obligar de manera coactiva a los adultos a participar en danzas y torneos deportivos bajo la supuesta amenaza de multas duplicadas.

Con un firme llamado a la empatía, el diálogo y la protección de la economía de los hogares más vulnerables, diversos padres de familia de la I.E. 51025 "La Integrada" de Anta habrían interpuesto una alerta legal y queja administrativa ante la Dirección del plantel y la presidencia de la APAFA. El objetivo de esta acción busca concientizar a la comunidad educativa y cortar de raíz con lo que presuntamente constituiría un abuso normalizado que se viene arrastrando año tras año en perjuicio de la tranquilidad escolar.

De acuerdo con el documento presentado bajo el derecho de petición constitucional, se cuestiona de manera fraterna pero firme la obligatoriedad impuesta a los adultos para participar corporalmente en ensayos diarios de danza, pasacalles o campeonatos deportivos. Los recurrentes expresan su plena voluntad de acompañar y apoyar emocionalmente a sus hijos en el aniversario; sin embargo, rechazan que la participación comunitaria se pretenda lograr a través de la imposición económica y la presión psicológica.

UN PROBLEMA GENERALIZADO EN TODAS LAS AULAS, GRADOS O SECCIONES - Lejos de ser un hecho aislado de una sola aula, los afectados señalan que este posible esquema de presión y condicionamiento patrimonial se encontraría generalizado en todos los grados y aulas de la institución educativa. El presunto perjuicio económico se configuraría a través de una doble imposición de sanciones que golpearía simultáneamente el presupuesto familiar:

1. Por un lado, la gestión de la APAFA habría distribuido de forma masiva las "Tarjetas de Control con sellos por Faena y Asambleas" a la totalidad de padres del plantel, con el fin de condicionar y fiscalizar la asistencia a los eventos coreográficos de los días 15 y 16 de julio, sancionando la ausencia con una presunta multa de S/. 50.00.
2. Por otro lado, las juntas directivas de los Comités de Aula habrían añadido multas paralelas de S/. 50.00 y hasta S/. 100.00 contra quienes decidan no bailar o se nieguen al suministro forzado de alimentos.

Esta duplicidad coercitiva sumaría cobros de hasta S/. 150.00 por un solo evento festivo. Dicho monto superaría ampliamente el tope legal establecido por el Estado para la cuota anual ordinaria de APAFA (Ley N° 28628), que para este año fiscal 2026 se restringe al 1.5% de la UIT (S/. 82.50).

¿FRAUDE A LA LEY Y DESNATURALIZACIÓN DE LA CONVIVENCIA? - Los padres denunciantes invitan a la masa asociativa y a los directivos a reflexionar sobre el marco legal vigente: el artículo 78° del D.S. N° 004-2006-ED tipifica con claridad que las faenas escolares están destinadas exclusivamente a la conservación de la infraestructura y mobiliario del colegio. Utilizar estas tarjetas laborales para multar actividades lúdicas o artísticas desnaturalizaría la norma, vulneraría la R.M. N° 624-2017-MINEDU —que prohíbe taxativamente a los Comités de Aula crear sanciones económicas— y priorizaría la captación de fondos por encima de las horas efectivas de clase.

MOMENTO DE UN CAMBIO INSTITUCIONAL - El pronunciamiento enfatiza que este deslinde legal no busca atacar la honorabilidad personal de los docentes, directores o presidentes de comités actuales, reconociendo que dichos cargos son pasajeros y temporales. No obstante, se les recuerda que las faltas a la legalidad también se configuran por omisión y permisibilidad. Por ello, se les exhorta a asumir la oportunidad histórica de detener este ciclo de cobros indebidos y restituir el principio de absoluta voluntariedad.

Finalmente, se ha solicitado formalmente a la directora de la institución, Lic. Lourdes Cristina Pinto Paredes, decretar la nulidad de estos acuerdos y convocar a una Asamblea Extraordinaria de Emergencia para archivar de forma definitiva los padrones punitivos.

Los recurrentes habrían advertido que, en caso de consumarse los cobros coercitivos, el condicionamiento de los sellos o cualquier acto de exclusión o afectación psicológica hacia los menores hijos, se verán en la obligación legal de activar las denuncias correspondientes por presunta coacción y omisión de actos funcionales ante el Ministerio Público, derivando el caso a la UGEL Anta y a la Defensoría del Pueblo.

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