22/10/2026
GUADALUPITO INICIA EL ORDENAMIENTO URBANO DEL ÁREA DE RESERVA URBANA CAMPO NUEVO Y AVANZA HACIA LA FORMALIZACIÓN DE TERRENOS
Los trabajos técnicos incluyen el levantamiento topográfico y la rectificación de calles y manzanas del Área de Reserva Urbana “Campo Nuevo. La municipalidad exhorta a los beneficiarios a ocupar sus lotes y advierte que la entrega de constancias de posesión estará sujeta a la evaluación correspondiente.
La Municipalidad Distrital de Guadalupito inició los trabajos técnicos para el ordenamiento y la formalización del Área de Reserva Urbana “Campo Nuevo, con el propósito de avanzar en la organización territorial y establecer condiciones técnicas para los procedimientos de formalización de los predios comprendidos en el ámbito de intervención.
Las labores están a cargo de la arquitecta Maricielo Mercedes Valencia, Jefa de la División de Obras Privadas y Catastro Urbano y Rural, junto con un equipo técnico que realizó el levantamiento topográfico y la rectificación de calles y manzanas del asentamiento humano Nuevo Horizonte. Estas acciones permiten verificar la configuración física del sector, contrastar la información existente y contar con una base técnica para la identificación y delimitación de los lotes.
Desde el punto de vista técnico, el levantamiento topográfico constituye una etapa fundamental para el ordenamiento urbano, pues permite determinar la ubicación, las dimensiones y los límites físicos de los predios, así como identificar posibles inconsistencias entre la ocupación del terreno y la distribución de las vías y manzanas. Esta información deberá ser contrastada con los antecedentes catastrales, la situación jurídica del área y los instrumentos de planificación urbana que correspondan.
En ese contexto, la municipalidad exhortó a las personas que cuentan con lotes en el sector a verificar su situación y ejercer una ocupación efectiva, siempre que esta corresponda a sus derechos y a las disposiciones aplicables. La entidad busca prevenir inconvenientes durante las siguientes etapas del procedimiento y determinar la situación de los ocupantes mediante la evaluación técnica y administrativa respectiva.
La constancia de posesión no constituye, por sí sola, un título de propiedad. Su eventual otorgamiento deberá sujetarse a la verificación de la ocupación efectiva, los requisitos establecidos por la municipalidad y el marco legal aplicable. Del mismo modo, cualquier medida de reversión o reasignación de terrenos deberá sustentarse en la normativa correspondiente, los antecedentes legales del predio y el procedimiento administrativo que garantice el derecho de defensa de los involucrados.
El proceso se enmarca en las competencias municipales previstas en la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que atribuye a los gobiernos locales funciones relacionadas con la organización del espacio físico, el uso del suelo, el catastro y el desarrollo urbano, dentro de los límites de sus competencias. También deberá observarse la Ley N.° 31313, Ley de Desarrollo Urbano Sostenible, y las disposiciones reglamentarias aplicables, según la naturaleza jurídica del área y el procedimiento que corresponda.
Con estas primeras intervenciones, el Gobierno Municipal de Guadalupito busca establecer una base técnica para continuar con el ordenamiento de Campo Nuevo y avanzar en la evaluación de los ocupantes del Área de Reserva Urbana de Campo Nuevo, bajo criterios de legalidad, planificación territorial y responsabilidad en la administración del suelo urbano.