Escribania Ramirez Aliendre

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Escribanía y Estudio Jurídico Tramites de Transferencia de bienes Muebles, Inmuebles y Semovientes; Actas Notariales, Depósitos, Estudio de Titulos

Photos from Escribania Ramirez Aliendre's post 01/05/2018

Celebrando el dia de Los TRABAJADORES

Photos 26/01/2018

A tener en cuenta los que piensan viajar para los carnavales en el Brasil y/o de vacaciones hacia el extranjero!!!

Photos 21/04/2017

Les esperamos!!!

Photos 11/04/2017
Photos 16/07/2016

Nuevas tasas máximas que constituyen USURA!!! fijadas por el BCP

17/06/2016

Estando vigente la nueva ley de transito (Ley 5016/13) aqui van algunos datos que consideramos relevantes:
LISTADO DE COSTOS DE INFRACCIONES EN BASE A LA LEY NACIONAL DE TRÁNSITO Y SU REGLAMENTACIÓN, EN BASE A ESTA LISTA TRABAJA LA PATRULLA CAMINERA, FAVOR ESTAR EN REGLA PARA CUIDAR TU SEGURIDAD Y LA DE LOS DEMÁS Y TAMBIÉN EVITAR MULTAS
GENTILEZA DE YA ESTAMOS CANSADOS DE SUS LEYES

CARENCIA DE LICENCIA DE CONDUCIR: Se demora el vehículo, se elabora acta, se remite al Ministerio Público y la multa es de 10 jornales – 701.560 Gs
ENTREGAR EL VEHÍCULO A PERSONA SIN LICENCIA: Se demora el vehículo, se elabora acta, se remite al Ministerio Público, la multa es de 10 jornales – 701.560 Gs
VENCIMIENTO DE LA LICENCIA: Solo en caso del vencimiento quinquenal (5 años) la perforación no está contemplada en la Ley, se demora el vehículo y la multa es de 10 jornales – 701.560 Gs
NO TENER CONSIGO LA LICENCIA: Se demora el vehículo, la multa es de 5 jornales- 350.780 Gs
CARENCIA, VENCIMIENTO O NO PORTAR LA HABILITACIÓN: Se demora el vehículo y la multa es de 5 jornales-350.780
CONDUCCIÓN DE VEHÍCULOS POR MENORES DE EDAD: Se elabora acta y se remite al Ministerio Público, si hay un mayor habilitado para conducir, previo pago de la multa y firma de un acta de responsabilidad se libera el vehículo , la multa 10 jornales-701.560 Gs
CARENCIA DE CHAPA: se demora el vehículo, para retirar el vehículo el propietario debe presentar el formulario de verificación del registro del automotor y pagar la multa de 10 jornales-701.560 Gs
CHAPA PROVISORIA VENCIDA: Las chapas provisorias tienen una validez de 20 dias hábiles, se demora el vehículo y para retirar se debe presentar el formulario de verificación y la multa de 10 jornales-701.560 Gs
TRANSITO DE VEHÍCULO RECIÉN ADQUIRIDO SIN CHAPA DEFINITIVA: para un 0km, se permite el desplazamiento desde la casa de adquisición hasta su domicilio para gestionar la habilitación municipal, por una sola vez y en un solo itinerario, con el registro de conducir y la chapa provisoria con un sello de la casa vendedora y la fecha de la chapa provisoria debe coincidir con la factura y certificado de venta.
Teniendo chapa provisoria, factura, certificado de venta y ya con la habilitación, el vehículo puede circular por 20 dias hábiles.
Para el tránsito de un vehículo importado, se permite la circulación desde el puerto a la playa o taller de cambio de volante, se debe contar con la nota de remisión y el conductor con la licencia de conducír.
ALCOTEST
DE 0,01 HASTA 0.19 mg/l: se demora el vehículo, `puede pagar la multa en 5 dias o en el momento, retirar el vehículo con un conductor designado al que se le practica la prueba de alcotest y bajo acta de responsabilidad, la multa es de 3 jornales- 210.418 Gs
DE 0,20 HASTA 0,79 mg/l: mismo procedimiento al anterior, solo varía el costo de la multa que es de 10 jornales-701.560 Gs
DESDE 0,80 mg/l : Se elabora acta y se remite al Ministerio Público, se demora el vehículo, la multa es de 20 jornales-1.403.120 Gs
LIMITES DE VELOCIDAD
DE ACUERDO A LA SEÑALIZACIÓN DEL LUGAR SOBRE LA VELOCIDAD MAXIMA EXISTE 10KM/H DE TOLERANCIA, A PARTIR DE ESA TOLERANCIA SI SE SOBREPASA;
11 A 20 Km es de 4 jornales-280.264 Gs
21 A 30 Km es de 7 jornales-491.092 Gs
31 km en adelante 10 jornales-701.560 Gs
ADELANTAMIENTO INDEBIDO IZQUIERDO O DERECHO: Se emite la multa y se deja continuar, la multa es de 10 jornales-701.560 Gs
NO USAR CINTURÓN DE SEGURIDAD CONDUCTOR Y SUS ACOMPAÑANTES: Se emite la multa y se deja continuar 6 jornales- 491.092 Gs
MENORES DE 10 AÑOS EN EL ASIENTO DELANTERO: Se emite la multa y se deja continuar 6 jornales- 420.936 Gs
LUCES
NO ENCENDER LA LUZ BAJA: 5 jornales -350.780
HORARIO NOCTURNO UNO O DOS FAROS QUEMADOS: Se le da tiempo de reparar el problema y previo pago de la multa se le deja continuar, en caso de que no sea posible la reparación el vehículo queda demorado la multa es de 5 jornales- 350.780 Gs
HORARIO DIURNO FAROS QUEMADOS: De comprobarse que realmente está con desperfectos ya sean focos, fusibles, llaves, etc., o que por error o desconocimiento haya encendido el busca huellas o la luz chica, el interviniente se limitará a amonestar la primera vez orientando la forma correcta de utilizar las luces en el dia, en caso de que el conductor no haya encendido la luz baja por negligencia o desidia se emite la multa de 5 jornales- 350.780 Gs
CARECER DE SEÑALERO DELANTERO: Solo se le amonestará la primera vez sin multa
CARECER DE UNO O AMBOS SEÑALEROS TRASEROS: Se emite la multa y se deja continuar, 5 jornales- 350.780 Gs
CARECER DE UNA LUZ TRASERA: Solo el interviniente se limitará a amonestar la primera vez, ordenará al conductor el uso de las luces intermitentes para continuar el viaje sin multa
CARECER DE AMBAS LUCES TRASERAS: Se emite la multa y se le da tiempo a reparar el problema, de no ser posible la reparación se demora el vehículo, la multa es de 4 jornales- 280.624 Gs
CARECER DE UNA LUZ DE FRENO: La primera vez solo será amonestado sin multa
CARECER DE AMBAS LUCES DE FRENO: Se emite la multa y se le da tiempo a reparar el inconveniente, de no ser posible la reparación el vehículo queda demorado, la multa es de 5 jornales- 350.780 Gs
TRANSPORTAR PERSONAS EN CARROCERÍAS DE CAMIONETAS O CAMIONES: deben descender las personas y la multa es de 10 jornales- 701.560 Gs
CIRCULAR EN CONTRAMANO: La multa es de 20 jornales - 1.403.120 Gs
CONDUCIR CON AURICULARES Y/O USANDO CELULARES: La multa es de 7 jornales – 491.092 Gs
NEGARSE A ENTREGAR DOCUMENTOS: 15 jornales 1.052.340 Gs
NO OBEDECER UNA SEÑAL IMPARTIDA POR UN INSPECTOR: 10 JORNALES - 701.560 Gs
En ambos casos se informa de inmediato a la Policía Nacional y al Ministerio Público
MOTOCICLETAS
NO USAR CASCO PROTECTOR: Se demora la motocicleta, previo pago de la multa y presentando un casco protector puede seguir la marcha, en caso de que el acompañante no tenga casco debe descender de la motocicleta y el conductor deberá pagar la multa de 11 jornales – 771.716 Gs.
NO USAR CHALECO REFLECTIVO: se demora la motocicleta y previo pago de la multa y presentando un chaleco puede seguir la marcha, en caso de que sean dos ocupantes el uso del chaleco recae en el acompañante, la multa es de 11 jornales – 771.716 Gs.
El uso del chaleco para la Patrulla Caminera es obligatorio desde que oscurece hasta que amanece sin distinción de horarios.
NO ENCENDER LA LUZ BAJA: La multa es de 4 jornales- 280.624 Gs
FOCO QUEMADO HORARIO DIURNO: si el conductor repara el inconveniente solo se le amonestará sin multa la primera vez, al igual si involuntariamente no encendió sus luces
HORARIO NOCTURNO FOCO DELANTERO O TRASERO QUEMADO: Se emite la multa, en caso de que repare el inconveniente se le deja seguir la marcha, de lo contrario quedará demorada la motocicleta, la multa es de 5 jornales - 350.780 Gs
TRANSPORTE DE MENORES DE 12 AÑOS: Se emite la multa y se busca a los padres o tutores, si se trata del padre que lo está transportando la motocicleta quedará demorada y se le sugerirá al responsable seguir el utilizando otros medios habilitados para el efecto, la multa es de 5 jornales- 350.780 Gs
TRANSPORTAR A MAS DE UN ACOMPAÑANTE: Se procede a descender al segundo acompañante, la multa es de 4 jornales- 280.624 Gs
TRANSPORTAR PASAJEROS EN MOTOCARGAS: Se procede a descender al acompañante y se emite la multa de 5 jornales - 350.780 Gs

Photos from Escribania Ramirez Aliendre's post 21/10/2015

Estas son la tasas maximas para creditos vigentes para Octubre y Noviembre del 2015... Siendo tan frecuente la utilizacion de creditos, es necesario saber los límites de las tasas de interes que en forma legal pueden cobrarse en Paraguay, siendo dicho límite establecido por el Banco Central del Paraguay para cada mes.

Mobile uploads 30/06/2015
04/06/2015

Texto del Decreto Reglamentario de la Ley de Transito
http://www.presidencia.gov.py/archivos/documentos/DECRETO3427_hygr5edi.pdf

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